Lima, 4 de Julio de 2016.
Señor,
Señor,
EDGARDO DE
NORIEGA M.
Director del Blog Periodístico “Miscelánea”
Presente.
Referencia: Publicación realizada el día 24 de febrero del 2011
De mi especial consideración:
A través de la
presente, hago referencia a la nota periodística publicada en el Blog
periodístico “MISCELANEA”- Blog periodístico hecho a la medida de usted” el día
24 de febrero de 2011 y en donde se realizan afirmaciones en mi contra, dañando
mi honor y buena reputación, en mi condición de Gerente General de la empresa
COLPEX INTERNACIONAL SAC.
En ese sentido, dentro
de dicha nota periodística se afirma que “La Segunda Fiscalía Provincial
Especializada en
Criminalidad Organizada (Fiscal Eduardo Castañeda Garay) tiene a cargo el caso
N° 492008-IF por delito de Lavado de Activos contra Walter Martínez Moreno,
Carlos Alberto Cisneros Aramburú, Renzo Edilberto Izaguirre Pizarro, Santos
Serapio Tello Castro, Miguel Angel Lara Cueva, Boris Kostic, Milos Lazarevic Djordjevic, Dragolub Pejatovic Rosic,
Juana Carbajal García, Giorla Glendy Reátegui Rodríguez y Melissa Priscila
Lastra de la Cruz. Asimismo están comprendidas las empresas: Clip SCRL, Glen
Fish SRL, Yaki Pez SRL, Inversiones Strayler SRL y Colpex Internacional SAC”.
Al respecto rechazo
categóricamente lo afirmado por su persona en dicha página de internet, toda
vez que es absolutamente falso. Si bien es cierto que la Segunda Fiscalía Provincial
Especializada en Criminalidad Organizada, a cargo del Fiscal Eduardo Castañeda
Garay, inició una investigación por la aparente comisión del delito de Lavado
de Activos, debe quedar claro que, mediante resolución de fecha 15 de julio de
2011 dicho despacho Fiscal resolvió de la siguiente manera:
“A). Declarar NO HA LUGAR A FORMULAR DENUNCIA PENAL contra
las personas naturales Boris Kostic,
Milos Lazarevic Djordjevic, Dragolub Pejatovic Rosic, como presuntos
autores del delito de Lavado de Activos en las modalidades de conversión y/o
transferencia, ocultamiento y/o tenencia en agravio del Estado.
B) Declarar NO HA LUGAR A FORMALIZAR DENUNCIA PENAL
contra la persona jurídica COLPEX
INTERNATIONAL SAC como parte pasiva del delito de Lavado de Activos en agravio del Estado”.
De igual forma y pese
al Recurso de Queja interpuesto por la Procuraduría Pública Especializada en
Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Lavado de Activos y Procesos de Pérdida
de Dominio contra la resolución antes mencionada, con fecha 12 de enero de
2012, la Fiscala Superior Especializada en Criminalidad Organizada resolvió lo
siguiente:
“RESUELVE: declarar INFUNDADO
el recurso de queja interpuesto por
la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas,
Lavado de Activos y Proceso de Pérdida de Dominio contra la resolución de fecha
15 de Julio del 2011, en la que se resolvió No ha lugar a formalizar denuncia penal contra las personas
naturales: Boris Kostic, Milos Lazarevic
Djordjevic, Dragolub Pejatovic Rosic y contra la empresa Colpex International SAC por la
presunta comisión del delito de Lavado de Activos en agravio del Estado”.
Como queda evidenciado,
la información utilizada en dicho Blog periodístico no es verdadera. Por ende,
a fin de que mi honor, mi buena reputación y mi prestigio profesional ganado
durante toda mi carrera y trayectoria en la empresa Colpex Internacional SAC.,así como la intachable reputación de Colpex Internacional SAC, no se vean mellados por tales informaciones y comentarios, solicito que dentro
del plazo de 48 horas, públicamente y bajo la misma forma, se rectifique de
dichas acusaciones. En caso contrario me veré obligado a interponer una denuncia
penal por la comisión del delito de Difamación Agravada tipificado en el
Artículo 132 del Código Penal, el cual a la letra señala:
“El que ante varias
personas reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia,
atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda
perjudicar su honor y reputación, será reprimido con pena privativa de libertad
no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte días-multa.
Si la difamación se refiere al hecho previsto en el artículo 131, la
pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de dos años y con
noventa a ciento veinte días-multa.
Si el delito se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de
comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni
mayor de tres años y de ciento veinte a trescientos sesenticinco días-multa”.
Sin otro particular, me
suscribo de usted.
Atentamente,
MILOS LAZAREVIC
Gerente General
Colpex International S.A.C.
Dirección Calle 21 N° 713- Dpto. 404- San Isidro-
Lima
° Publicamos esta carta que ha llegado a nuestro poder el 5 de Julio del año en curso y que comenta una información
que dimos a conocer, con el carácter de primicia, hace más de 5 años en las páginas de este blog. En esa oportunidad, evidentemente muy lejana,
se hizo una denuncia fundamentada en contra de un empresario determinado-que no
es Milos Lazarevic-, acusado por diversos actos supuestamente turbios, con
intervención judicial y fiscal comprobada.
Si se trata de pedir disculpas al
remitente lo hacemos, de la forma más clara y con el mayor de los gustos y
deferencias, de nuestra parte. Pero también con la conciencia completamente
tranquila porque en este periódico electrónico, efectivamente, no hemos
difamado a nadie. Respetamos, a plenitud, el derecho a las honras de las personas.
La que, evidentemente, se merece Lazarevic y por eso quien no la debe, no la
teme hasta para poder rectificarse. Como necesidad de convicción, cuando los
hechos lo demuestran.
Que quede claramente establecido,
eso sí, que lo único que hicimos, con respecto al remitente, en la nota que insertamos
el 24 de Febrero del 2011, es consignar un hecho cierto: Lazarevic, en el
momento de la publicación periodística, era efectivamente, investigado por las
autoridades pertinentes. No acusamos. Ni dijimos más. Ni tampoco calificamos
sobre su persona y su empresa. Exclusivamente dimos cuenta de su problemática,
como una necesidad de carácter informativo y periodístico. Sin ninguna otra
intención abusiva e improcedente.
Tan cierto y verdadero es ello
que la absolución fiscal y el no ha lugar a la comisión de delitos vino en fecha
posterior, conforme lo dice en su carta el reclamante: una de ellas, la
referente a su persona. La otra incluye a Colpex International, librándose de
la responsabilidad penal correspondiente. La resolución respectiva ocurrió el
15 de Julio del 2011, casi cinco meses después. Parabienes y felicitaciones
para Lazarevic.
Más aún cuando el 12 de Enero del
2012, a casi un año de nuestra publicación, se declara infundado el recurso de
queja interpuesto por la Procuraduría especializada. Claramente se cortó la
denuncia penal contra Lazarevic y otras personas. Tal fue la decisión de la Fiscalía
respectiva, la misma que respetamos y
acatamos por sus cuatro costados. Así se ha rescatado el honor, la reputación y
el prestigio de Lazarevic y la empresa que representa, entre otras personas
beneficiadas. Hecho en sí que nos complace completamente. No tenemos más que
decir sobre este punto específico.
Lo que si, de ninguna manera, podemos aceptar amenazas de nadie y menos del remitente que, muy suelto de
huesos, nos anuncia, si no nos rectificamos, una denuncia penal en nuestra
contra, por la comisión del Delito de Difamación Agravada. Cuan equivocado está
Lazarevic. A nosotros nadie nos amedrenta y seguiremos investigando cuando se
trata de aclarar, a como de lugar, hechos que interesan a la opinión pública.
Cueste lo que cueste
No olvidemos que si ello se
presentase sería un atentado total contra el ejercicio periodístico que
realizamos. Si se hace y concreta se estaría vulnerando, por completo, la libertad de expresión que es sagrada y
completamente necesaria para el desarrollo democrático de los pueblos. Ello,
por principios, de ninguna manera, lo vamos a permitir.
Sin embargo, cabe señalar que confiamos en que
tal hecho deje de ocurrir en vista de que estamos publicando lo que quiere el
remitente, de quien nos han asegurado que es un hombre de principios y justo.
Por donde se le vea, no vale la pena recurrir a medidas extremas que ni
siquiera tienen, en absoluto, sustento legal.
Sirva esta oportunidad para que el respetado y rehabilitado legalmente, Milos
Lazarevic, nos conceda una entrevista periodística a fin de tratar temas empresariales, con su problemática y sus
anomalías. Por ejemplo, tocar el caso pesquero y otras oportunidades de inversión.
Lo vamos a llamar por teléfono o iremos a sus oficinas. Esta sería una forma
directa de reafirmar su intachable reputación. Conveniente es que acepte nuestro
requerimiento, porque, de lo contrario, quien calla otorga. (Edgardo de Noriega)
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