Alberto Kenya Fujimori
Fujimori deberá cumplir su condena de 25 años en la cárcel de la Diroes, en
vista de que últimamente la Sala Especial de la Corte Suprema ratificó la
anulación del indulto humanitario otorgado al ex presidente el 24 de diciembre
del 2017, la víspera de Pascua, por el mandatario de aquel entonces, Pedro
Pablo Kuczynski.
La condena es por los casos de
Barrios Altos y La Cantuta donde tiene responsabilidad directa y penal por el
delito de asesinato. El ex Jefe de Estado Reingreso al penal de Barbadillo el
23 de enero luego de que le dieran el alta médica en la clínica Centenario.
En este último lugar estuvo
internado desde el 3 de octubre del año pasado, día en que el juez supremo de
investigación preparatoria, Hugo Núñez, anuló la gracia presidencial, causando
revuelo general. Unos aprobaban la medida.
Mientras que otros la rechazaban por completo. Común es que el
fujimorismo cause este tipo de controversias.
La resolución de la Sala
Especial-firmada por los vocales supremos Jorge Salas Arenas, José Neyra, y
Zavina Chávez-señala que el Juez Núñez cumplió con anular “una decisión administrativa
con la que se pretendía obstruir la acción judicial de la condena en marcha”
La sala remarcó en su resolución
que los indultos “pueden ser anulados en vía jurisdiccional, según lo
estableció el Tribunal Constitucional (TC) en el caso de José Enrique
Crousillat. Rechazó así la argumentación de la defensa de Alberto Fujimori
respecto a que el indulto otorgado extinguió las condena y adquirió la calidad
de cosa juzgada. Por tanto, según indicaron los jueces, al determinar que el
indulto no cumplió los principios constitucionales en el procedimiento, este de
todas maneras puede ser anulado.
El indulto de Fujimori: toda una controversia que ya acabo.
El indulto de Fujimori: toda una controversia que ya acabo.
SISTEMA
De acuerdo a la sala suprema, en
el caso de Crousillat, el TC nos restringió la revisión de un indulto a
tribunales de asuntos constitucionales. El máximo tribunal de justicia sostuvo
que el término “control constitucional” dispuesto por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos- cuando revisó el indulto- no debe restringirse a un
espacio “constitucional concentrado”, ya que en el Perú existe un sistema mixto
Recuerda que revisar el caso en
un sistema constitucional interrumpiría la ejecución de la sentencia. Por
tanto, los jueces ordinarios o de ejecución tienen la potestad de evaluar el
control de constitucional, pero también el control de convencionalidad. En
consecuencia, la sala rechazó los argumentos de la defensa de Fujimori. Esta
sostuvo que la validez del indulto debioa ser revisada por un juez
constitucional y no penal.
El tribunal remarcó que el Estado
peruano está obligado a cumplir las resoluciones de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos referidas a la Convención de Viena sobre la Ley de Tratados.
Estas esencialmente se refieren a respetar el deber de procesar, condenas por
los delitos contra humanidad sin extinción por motivo de tiempo.
El ex mandatario acompañado por su hijo Kenji.
El ex mandatario acompañado por su hijo Kenji.
CONTROL
La sala agrega que cumplir y ejecutar
la sanción en un proceso contribuye a reparar a las víctimas y muestra a la
sociedad que se hizo justicia. Señala, además, que un control de
convencionalidad se puede aplicar únicamente cuando se trata de un indulto
humanitario a un condenado por presuntos delitos considerados crímenes contra
la humanidad, como es el caso de Fujimori.
La Sala reconoció que Fujimori
“se encuentra enfermo. Sin embargo, también sostuvo que esa condición médica
usada por la defensa para fundamentar el indulto “no es relevante”, pues puede
continuar su tratamiento médico ambulatorio en un establecimiento
penitenciario.
Esto, agrega, quedó esclarecido
por el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Publico, cuyos especialistas
realizaron evaluaciones a Fujimori. Por tanto, no se ha trasgredido el derecho
de desvirtuar el diagnóstico médico, como alegó la defensa del ex mandatario.
El tribunal indica también que el indulto se dio en un tiempo menor a otros
beneficios similares.
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