viernes, 18 de junio de 2010

EL DRAMA HONDUREÑO

José Pizarro Cruzado es un acucioso cultor de la historia y especialista en temas de la II Guerra Mundial. Ejerce esta especialidad inclusive en Internet donde da respuesta a los interesados sobre tan interesantes temas. Ha vivido en diferentes países como: Estados Unidos, España, Suiza, Italia, Bolivia, el Salvador y Colombia. Experto en Comercio Internacional. Laboró como profesional en importantes empresas entre las que destacan: Consorcio de Pesca, Petroperú, Gardner Denver y el Centro Internacional de la Papa. En esta oportunidad escribe, a manera de colaboración con Miscelanea, sobre el drama hondureño. Leámoslo con atención:
La realidad del drama Hondureño, es que el Presidente Manuel Zelaya intentó violar dos veces la Constitución de su país con el objeto de legalizar su reeleccion vitalicia como Presidente.
Primero, el 28 de junio del 2009 intentó realizar un Referéndum, con el objeto de instalar una "Asamblea Constituyente" que modificaria la Constitución. Con este fin le ordenó al General Romeo Vásquez de Velasco Comandante del Ejercito, tomar las medidas necesarias para realizar la consulta popular. No obstante, el general Romeo Vásquez se negó a obedecer la orden por tratarse de una orden inconstitucional, motivo por lo cual fue destituido por Zelaya.

Manuel Zelaya

La Corte Suprema ordenó la reinstalacion del general.
Ante este incidente el “Tribunal Supremo Electoral” desautorizó a Zelaya y le recordó el Art. 4 de la Constitución que ordena – “La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la Republica es obligatoria.
La infracción de esta norma constituye delito de traición a la patria”. Ordenando acto seguido la confiscación de las ánforas y balotas, que se descubrió tenían impreso : “Impreso en Caracas” ordenando se depositen en un almacén del ejército.
No obstante, Zelaya no desistió y poco después anuncio nuevamente que realizaría esta vez una Encuesta con el fin de preguntarle al pueblo si deseaba se realizaran modificaciones a la Constitución , lo que ocasionó que la “CORTE SUPREMA” unánimemente y en coordinación con los otros poderes del Estado, el Congreso, el Fiscal General de Honduras y el Tribunal Supremo Electoral emita una “Orden de Arresto” y separación del cargo contra Manuel Zelaya, de conformidad con el Art.239 y 374 de la Constitución que dicen : Art. 239.- “El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o designado.
El que quebrante esta disposición o proponga su reforma así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función publica”
Art. 374.- “No podrá reformarse en ningún caso el articulo anterior (373), el presente articulo, los articulos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al periodo presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la Republica al ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier titulo y el referente a quienes no pueden ser Presidente de la Republica por el periodo subsiguiente”.
Siendo así, la tesis de “Golpe de Estado” y la denominacion de un "Gobierno de Facto" queda desbaratado ya que la Corte Suprema , el Congreso, el Fiscal General de Honduras y el “Tribunal Supremo Electoral”, actuaron unánimemente y estrictamente dentro de la ley. El propio partido político “Liberal” de Zelaya le quitó su apoyo. Posteriormente Porfirio Pepe Lobo Sosa seria democraticamente eleguido presidente con mas del 60% de los votos.


Porfirio Pepe Lobo Sosa

Si insistiéramos en criticar las acciones de Micheletti, podríamos criticar la FORMA , mas no el FONDO de la acción, que concuerda con lo ordenado por la Constitución : “El que quebrante esta disposición cesará de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos” que es lo sustancialmente importante, pues la acción fue en concordancia con el mando Constitucional Hondureño vigente. Confirmándose posteriormente los hechos con lo dicho por el presidente Roberto Micheletti, que la decisión fue tan sólo la de sustituir a Mel Zelaya por un gobierno civil, ( que se realizó con la elección del Presidente Porfirio Lobo)
No obstante, Manuel Zelaya ha seguido insistiendo hasta la fecha tener la intención de cambiar la Carta Magna que había jurado respetar. reafirmándose lo declarado por el actual gobierno, respecto a los deseos vitalicios de Zelaya.
Habiendo sufrido Honduras una larga historia de autócratas, dictadores y gorilas que han pretendido eternizarse en el sillón presidencial, finalmente, el 22 enero de 1982, Honduras promulgó una valiente Constitución que imposibilitaba el continuismo de autócratas con la inclusion de 9 articulos llamados "Petreos" (Art.4, 42, 205, 237, 239, 240, 373, 374, 375) que por referirse al periodo presidencial no pueden ser reformados.
Los paises democraticos deberían alegrarse que un país hermano haya finalmente logrado estabilidad política y demostrado la funcionabilidad de su Constitución. Lo que algunos otros aún no han podido. (José Pizarro)

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