lunes, 28 de abril de 2014

CARTA DE CARLA YOLANDA PAREDES CICCIA


Chiclayo, 02 de Abril del 2014.
Sr.
Edgardo de Noriega  M.
Director de  Miscelánea
Lima.

Me dirijo a usted para saludarlo cordialmente y manifestarle lo siguiente:
El rol del ejercicio profesional del periodismo y el de los medios de comunicación social son importantes para la consolidación de las instituciones y del propio régimen democrático; claro está, cuando ellos se realizan con responsabilidad y dentro del respeto de la dignidad de la persona humana (artículo 1° de la Constitución Política del Perú), de sus derechos fundamentales y de valores democráticos como la tolerancia y el pluralismo. Su papel es especialmente relevante porque su ejercicio democrático incide en la posibilidad de que los ciudadanos estén convenientemente informados sobre los temas que son de interés público.
Sin embargo, el ejercicio del derecho de la información no es irrestricto; por el contrario, está sujeto a ciertos condicionamientos que deben ser respetados dentro de un Estado democrático y social de derecho. Sólo así, con los límites que se den encontrar en la propia Constitución, el derecho a la información podrá convertirse en la piedra angular de la democracia.
Es importante que en el ordenamiento internacional se haya determinado la existencia de límites a los derechos comunicativos. En tal sentido, tanto el acápite “a” del inciso 3 del artículo 19° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como el acápite “a” del inciso 3 del artículo 13° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, precisan que el ejercicio del derecho a la información “extraña deberes y responsabilidades especiales”, por lo que está sujeto a una restricción como es la de “asegurar(…) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás”.
Bajo este contexto, “las publicaciones periodísticas” que se plasmen en un medio escrito o a través de un espacio virtual o digital, deben efectuarse obedeciendo principalmente un límite interno, esto es, el de la veracidad y uno externo, el  respeto de los derechos fundamentales y en especial el derecho a la propia imagen, al honor y a la intimidad; no obstante, usted ha infringido abiertamente dichos limites al redactar y publicar un artículo denominado “Justicia por la pata de los caballos en su blog periodístico virtual, uno que asegura haber sido “hecho a la medida” del lector.
En el citado artículo usted expresa textualmente lo siguiente: “(…) a vista y paciencia de todo el mundo, dos jueces totalmente  venales que al parecer son comprados con dinero par emitir fallos ilegales por su cuatro costados. (…)  Tal es el caso de(…) y la doctora Carla Yolanda Paredes Ciccia, Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil”; refiriendo así a la suscrita. Y enseguida anota: “La solicitud (denuncia ante la ODECMA) ha sido hecha por uno de los agraviados, teniendo en cuenta las tremendas irregularidades cometidas en un juicio por desalojo de un inmueble comercial (…)”, dicho ello, usted procede a aseverar que “lo que está completamente comprobado es que la doctora Paredes Ciccia, habiendo sentencia de por medio, admitió indebidos escritos de la parte demandada por dilatar por completo, precisamente, el desalojo. Con sus actos enteramente ilegales, la magistrada adicionalmente vulneró las acciones judiciales. Atentando evidentemente en contra de un principio elemental del Derecho como es la cosa juzgada. Comentarios y afirmaciones que no tienen ningún respaldo probatorio, sino solo contenido falso o imprudente, pues conforme usted lo señaló, la denuncia formulada en mi contra por la parte supuestamente “agraviada”, fue recibida por Odecma, organismo que dispuso mediante resolución N° 1 su fecha 15 de Enero del 2015 “NO HABER MERITO para iniciar  procedimientos disciplinarios contra la magistrada Carla Yolanda Paredes Cicccia, en su actuación como Juez del 1° Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo. Resolución que fue apelada ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA), quien resolvió el recurso confirmando la resolución N° 1  emitida por la ODECMA de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en el extremo que resuelve “No haber mérito para abrir procedimiento disciplinario contra la magistrada Carla Yolanda Paredes Ciccia, en su actuación como Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo por los cargos descritos en la resolución apelada”.
En consecuencia, expreso mi sorpresa e indignación al observar que un Blog como el que usted dirige haya realizado dicha publicación, comunicando como “cierto y seguro” hechos que no han sido verificados debida y previamente, peor aún si se atrevió a calificar mi actuar de Magistrado como “venal e “ilegal”, sin tener ninguna justa razón ni prueba para ello.
Si bien el ejercicio profesional del periodismo y el rol de los medios de comunicación social son importantes para la consolidación  de las instituciones y del propio régimen democrático, estos deben realizarse con responsabilidad y respetando el principio de dignidad de la persona humana, debiendo verificarse por tanto la información que se publica, máxime si se trata de una persona que ocupa un cargo público o desempeña funciones socialmente relevantes, pues aquella posee una consideración especial en la percepción de la sociedad. Sin embargo, dichas reglas y/o limites no se advierten en esta situación, pues en ningún momento me solicito información sobre el tema o investigó adecuadamente, pero si publicó sin reparo alguno.
Así entonces, en salvaguarda de mi honorabilidad y en uso de la facultad conferida por el inciso 6 del artículo 185 de la Ley Orgánica del Poder Judicial realizó la presente aclaración y solicito que esta carta sea publicada en su blog conforme a los términos que se exponen, sugiriéndole que en lo sucesivo tenga en cuenta que la libertad de expresión no puede ser entendida como libertad a la difamación; de lo contrario haré uso de los medios legales convenientes a fin de defender mis derechos constitucionales.
Finalmente debe haber quedado claro que su actuar resulta inadmisible y repudiable al deslizar por los medios de comunicación argumentos falsos y sin sustento jurídico alguno, direccionados a trasgredir la honorabilidad de una autoridad judicial, denotando con ello la falta de  ética profesional, más aún si existen mecanismos legales apropiados para cuestionar las decisiones judiciales de ser el caso.
Sin otro particular que el presente, reciba mis sinceras expresiones de consideración.
Atentamente,
Carla Yolanda Paredes Ciccia
Jueza Supernumeraria
Primer Juzgado de Paz Letrado
Chiclayo


Comentarios:
La carta que ustedes acaban de leer fue recibida por el suscrito el 16 de Abril del 2014 y comenta un artículo publicado por nosotros hace más de un año. Para ser exactos, el 9 de Enero del 2013. No obstante  el  tiempo transcurrido, cumplimos con insertar la comunicación porque somos respetuosos de las opiniones de los demás. Lo que si tenemos que rechazar son las expresiones vertidas por la jueza en contra del suscrito y de este blog.  Reafirmamos que creemos, firmemente, en la libertad de expresión. Eso sí, sin restricción alguna. La doctora Carla Yolanda Paredes Ciccia ha tenido, en todo momento a su disposición, las páginas de Miscelánea.  Prueba de ello es que, en innumerables ocasiones, tratamos de comunicarnos con ella para que emita sus descargos.  Nunca fue posible. La abogada le corre a las entrevistas. No sólo con nosotros, sino con otros medios. Sus razones tendrá y las respetamos. Ahora bien, si se sintió ofendida, las disculpas del caso se extienden y se convierten en necesarias. Por esos principios que ejercemos con convicción de justicia y proporcionalidad en un periodismo libre, objetivo y veraz, a nadie le negamos la oportunidad de defenderse. Queremos dejar claramente establecido, en primer lugar,  que para informar  no se nos puede poner ningún tipo de cortapisas. Ni tampoco amenazarnos. Menos amedrentarnos. La justicia, tan venida a menos en el país,  requiere a gritos que cambie totalmente para, precisamente, servir a la sociedad con eficiencia. No estamos conformes con su proceder tan pero tan inadecuado. La doctora  Paredes, ha sido atendida en sus  requerimientos.  Sirva esta oportunidad para solicitarle, una vez más y formalmente por esta vía, una entrevista sobre diferentes temas y problemas legales existentes en el distrito judicial de Chiclayo, del cual  es una de las protagonistas como magistrada. No podemos negar ni menos ocultar que el desprestigio la acompaña, según testimonios recogidos por Miscelánea entre la población y los periodistas de Chiclayo. De eso y mucho más, precisamente, queremos conversar. El público quiere saber qué es lo que efectivamente pasa en el ámbito de sus influencias. (EL DIRECTOR)

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