miércoles, 6 de julio de 2016

CARTA NOTARIAL

Lima, 4 de Julio de 2016.

Señor,
EDGARDO DE NORIEGA  M.
Director del Blog Periodístico “Miscelánea”
Presente.

Referencia: Publicación realizada  el día 24 de febrero del 2011

De mi especial consideración:
A través de la presente, hago referencia a la nota periodística publicada en el Blog periodístico “MISCELANEA”- Blog periodístico hecho a la medida de usted” el día 24 de febrero de 2011 y en donde se realizan afirmaciones en mi contra, dañando mi honor y buena reputación, en mi condición de Gerente General de la empresa COLPEX INTERNACIONAL SAC.
En ese sentido, dentro de dicha nota periodística se afirma que “La Segunda Fiscalía Provincial
Especializada en Criminalidad Organizada (Fiscal Eduardo Castañeda Garay) tiene a cargo el caso N° 492008-IF por delito de Lavado de Activos contra Walter Martínez Moreno, Carlos Alberto Cisneros Aramburú, Renzo Edilberto Izaguirre Pizarro, Santos Serapio Tello Castro, Miguel Angel Lara Cueva, Boris Kostic, Milos Lazarevic Djordjevic, Dragolub Pejatovic Rosic, Juana Carbajal García, Giorla Glendy Reátegui Rodríguez y Melissa Priscila Lastra de la Cruz. Asimismo están comprendidas las empresas: Clip SCRL, Glen Fish SRL, Yaki Pez SRL, Inversiones Strayler SRL y Colpex Internacional SAC”.
Al respecto rechazo categóricamente lo afirmado por su persona en dicha página de internet, toda vez que es absolutamente falso. Si bien es cierto que la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Criminalidad Organizada, a cargo del Fiscal Eduardo Castañeda Garay, inició una investigación por la aparente comisión del delito de Lavado de Activos, debe quedar claro que, mediante resolución de fecha 15 de julio de 2011 dicho despacho Fiscal resolvió de la siguiente manera:
“A). Declarar NO HA LUGAR A FORMULAR DENUNCIA PENAL contra las personas naturales Boris Kostic, Milos Lazarevic Djordjevic, Dragolub Pejatovic Rosic, como presuntos autores del delito de Lavado de Activos en las modalidades de conversión y/o transferencia, ocultamiento y/o tenencia en agravio del Estado.
B) Declarar NO HA LUGAR A FORMALIZAR DENUNCIA PENAL contra la persona jurídica COLPEX INTERNATIONAL SAC como parte pasiva del delito  de Lavado de Activos en agravio del Estado”.
De igual forma y pese al Recurso de Queja interpuesto por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Lavado de Activos y Procesos de Pérdida de Dominio contra la resolución antes mencionada, con fecha 12 de enero de 2012, la Fiscala Superior Especializada en Criminalidad Organizada resolvió lo siguiente: 
“RESUELVE: declarar INFUNDADO  el recurso de queja interpuesto por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Lavado de Activos y Proceso de Pérdida de Dominio contra la resolución de fecha 15 de Julio del 2011, en la que se resolvió No ha lugar a  formalizar denuncia penal contra las personas naturales: Boris Kostic, Milos Lazarevic Djordjevic, Dragolub Pejatovic Rosic y contra la empresa Colpex International SAC por la presunta comisión del delito de Lavado de Activos en agravio del Estado”.
Como queda evidenciado, la información utilizada en dicho Blog periodístico no es verdadera. Por ende, a fin de que mi honor, mi buena reputación y mi prestigio profesional ganado durante toda mi carrera y trayectoria en la empresa Colpex Internacional SAC.,así como la intachable reputación de Colpex Internacional SAC, no se vean mellados por tales informaciones y comentarios, solicito que dentro del plazo de 48 horas, públicamente y bajo la misma forma, se rectifique de dichas acusaciones. En caso contrario me veré obligado a interponer una denuncia penal por la comisión del delito de Difamación Agravada tipificado en el Artículo 132 del Código Penal, el cual a la letra señala:
“El que ante varias personas reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia, atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor y reputación, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte días-multa.
Si la difamación se refiere al hecho previsto en el artículo 131, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de dos años y con noventa a ciento veinte días-multa.
Si el delito se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y de ciento veinte a trescientos sesenticinco días-multa”.
Sin otro particular, me suscribo de usted.
Atentamente,
MILOS LAZAREVIC
Gerente General
Colpex International S.A.C.
Dirección Calle 21 N° 713- Dpto. 404- San Isidro- Lima


° Publicamos esta carta  que ha llegado a nuestro poder el  5 de Julio del  año en curso y que comenta una información que dimos a conocer, con el carácter de primicia, hace más de 5 años  en las páginas de este blog.  En esa oportunidad, evidentemente muy lejana, se hizo una denuncia fundamentada en contra de un empresario determinado-que no es Milos Lazarevic-, acusado por diversos actos supuestamente turbios, con intervención judicial y fiscal comprobada. 
Si se trata de pedir disculpas al remitente lo hacemos, de la forma más clara y con el mayor de los gustos y deferencias, de nuestra parte. Pero también con la conciencia completamente tranquila porque en este periódico electrónico, efectivamente, no hemos difamado a nadie. Respetamos, a plenitud, el derecho a las honras de las personas.  La que, evidentemente, se merece  Lazarevic y por eso quien no la debe, no la teme hasta para poder rectificarse. Como necesidad de convicción, cuando los hechos lo demuestran.
Que quede claramente establecido, eso sí, que lo único que hicimos, con respecto al remitente, en la nota que insertamos el 24 de Febrero del 2011, es consignar un hecho cierto: Lazarevic, en el momento de la publicación periodística, era efectivamente, investigado por las autoridades pertinentes. No acusamos. Ni dijimos más. Ni tampoco calificamos sobre su persona y su empresa. Exclusivamente dimos cuenta de su problemática, como una necesidad de carácter informativo y periodístico. Sin ninguna otra intención abusiva e improcedente.
Tan cierto y verdadero es ello que la absolución fiscal y el no ha lugar a la comisión de delitos vino en fecha posterior, conforme lo dice en su carta el reclamante: una de ellas, la referente a su persona. La otra incluye a Colpex International, librándose de la responsabilidad penal correspondiente. La resolución respectiva ocurrió el 15 de Julio del 2011, casi cinco meses después. Parabienes y felicitaciones para Lazarevic.
Más aún cuando el 12 de Enero del 2012, a casi un año de nuestra publicación, se declara infundado el recurso de queja interpuesto por la Procuraduría especializada. Claramente se cortó la denuncia penal contra Lazarevic y otras personas. Tal fue la decisión de la Fiscalía respectiva,  la misma que respetamos y acatamos por sus cuatro costados. Así se ha rescatado el honor, la reputación y el prestigio de Lazarevic y la empresa que representa, entre otras personas beneficiadas. Hecho en sí que nos complace completamente. No tenemos más que decir sobre este punto específico.
Lo que si, de ninguna manera, podemos aceptar amenazas de nadie y menos del remitente que, muy suelto de huesos, nos anuncia, si no nos rectificamos, una denuncia penal en nuestra contra, por la comisión del Delito de Difamación Agravada. Cuan equivocado está Lazarevic. A nosotros nadie nos amedrenta y seguiremos investigando cuando se trata de aclarar, a como de lugar, hechos que interesan a la opinión pública. Cueste lo que cueste
No olvidemos que si ello se presentase sería un atentado total contra el ejercicio periodístico que realizamos. Si se hace y concreta se estaría vulnerando, por completo,  la libertad de expresión que es sagrada y completamente necesaria para el desarrollo democrático de los pueblos. Ello, por principios, de ninguna manera, lo vamos a permitir.
 Sin embargo, cabe señalar que confiamos en que tal hecho deje de ocurrir en vista de que estamos publicando lo que quiere el remitente, de quien nos han asegurado que es un hombre de principios y justo. Por donde se le vea, no vale la pena recurrir a medidas extremas que ni siquiera tienen, en absoluto, sustento legal.
Sirva esta oportunidad para  que el respetado y rehabilitado legalmente, Milos Lazarevic, nos conceda una entrevista periodística a fin de tratar temas  empresariales, con su problemática y sus anomalías. Por ejemplo, tocar el caso pesquero y otras oportunidades de inversión. Lo vamos a llamar por teléfono o iremos a sus oficinas. Esta sería una forma directa de reafirmar su intachable reputación. Conveniente es que acepte nuestro requerimiento, porque, de lo contrario, quien calla otorga. (Edgardo de Noriega)

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